Por P. Albizu Campos

El reconocimiento de la independencia de Puerto Rico por el Poder Ejecutivo de Estados Unidos inhabilita a Estados Unidos a continuar actuando por su cuenta solamente en los asuntos de Puerto Rico. No obstante esta verdad incontrovertible, se han presentado tres proyectos de ley en el Congreso de Estados Unidos: dos por el senador Tydings y uno por el diputado Marcantonio.

Como el reconocimiento que ha hecho el Poder Ejecutivo de Estados Unidos de la independencia de esta nación es irrevocable, esos tres proyectos ratifican el reconocimiento de la independencia de Puerto Rico.

Después de ese hecho trascendental, Estados Unidos no puede tratar el asunto de Puerto Rico como una cuestión doméstica. Esa conclusión se la impone el hecho del reconocimiento de la independencia de Puerto Rico.

Cualquier legislación que trate de pasar el Congreso de Estados Unidos, generosa o egoísta, no surtirá ningún efecto entre las relaciones de las dos naciones. Esas relaciones puede fijarlas solamente un tratado concertado entre ambos poderes de igual a igual por plenipotenciarios legítimos y ratificado por los respectivos Parlamentos de ambas naciones de acuerdo con las disposiciones de sus respectivas Constituciones.

Estados Unidos no puede tratar consigo mismo para resolver sus relaciones con Puerto Rico. Todo esfuerzo que se haga en ese sentido en el Congreso de Estados Unidos es completamente inútil.

Ahora bien, Estados Unidos no ha designado plenipotenciarios para tratar con Puerto Rico, ni Puerto Rico ha designado plenipotenciarios para tratar con Estados Unidos, para liquidar el presente régimen de ocupación norteamericana.

Estados Unidos está en condiciones de designar plenipotenciarios porque la República norteamericana está debidamente organizada.

Puerto Rico tiene solamente un camino para organizarse, uno sólo, y no habrá otro nunca, que no sea ése, y éste es la Convención Constituyente de la República.

En Estados Unidos están tratando de impedir la celebración de la Convención Constituyente de la República de Puerto Rico bajo la influencia de los intereses creados, enemigos de la independencia de Puerto Rico; pero el Gobierno de Estados Unidos tiene que ver que tal situación debe terminar sin mayor dilación porque no se puede llegar a un tratado con una nación si se entorpece la organización que le permita designar plenipotenciarios idóneos y concertar legítimamente tratados con cualquier poder.

Comprendemos perfectamente que esa dilación también es el resultado del deseo de imponer servidumbres internacionales a Puerto Rico en favor de Estados Unidos, antes de que Puerto Rico pueda organizar su poder legítimo a través de una Convención Constituyente, pero ese esfuerzo es inútil y peligroso.

Por supuesto, Puerto Rico no podrá aceptar nunca servidumbres internacionales a favor de ningún poder, pero hasta en ese caso, tal cosa no sería posible si no formara parte de un tratado negociado por plenipotenciarios de ambas partes y ratificado por sus respectivos Parlamentos, de acuerdo con la Constitución de ambas naciones.

Es decir, se está empezando por donde hay que terminar y se quiere terminar por donde hay que empezar.

Para empezar hay que organizar el poder legítimo de Puerto Rico, y eso no es posible nada más que a través de una Convención Constituyente.

Hasta en el caso de que se celebre un plebiscito, cosa que rechazamos por inútil, provocadora de una guerra civil y nulo por ser un acto unilateral de Estados Unidos, nada se puede hacer para formalizar las relaciones internacionales entre Puerto Rico y Estados Unidos si no es a través de los organismos que establezca la Convención Constituyente de Puerto Rico.

Con plebiscito o sin plebiscito hoy, dentro de un año o dentro del tiempo que se quiera, es irremisible la celebración de la Convención Constituyente.

No se ha celebrado la Convención Constituyente en Puerto Rico por la propaganda que hacen los intereses enemigos de la independencia de la nación, insinuando que es un acto revolucionario y hostil a Estados Unidos.

Ya hemos señalado que para que Estados Unidos pudiera salir de Cuba y de la República Dominicana no tuvieron más remedio, porque no hay otro, que ver con beneplácito la organización de las respectivas convenciones constituyentes de las cuales surgieron los plenipotenciarios que con derecho podían concertar los tratados respectivos de la desocupación norteamericana de esas dos naciones.

El senador Tydings con la resolución que acaba de presentar creando esa Comisión conjunta de norteamericanos y portorriqueños para resolver todo lo concerniente referente a la liquidación del régimen norteamericano en Puerto Rico a base del reconocimiento de la independencia de esta nación, demuestra haberse dado cuenta de la situación jurídica internacional creada en virtud del reconocimiento del derecho de nuestra independencia ya citada, que ha obligado al régimen norteamericano en Puerto Rico a entrar en forzosa liquidación y que da parálisis a la acción ejecutiva, legislativa y judicial al poder norteamericano con referencia a todos los asuntos de Puerto Rico.

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